Luego de que la expresidenta condenada por corrupción prestó una “caución juratoria”, el organismo deberá reponer provisoriamente una de las prestaciones dadas de baja en 2024; el monto rondaría los $15 millones
La justicia previsional intimó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que, en un plazo de 10 días, comience a pagarle a Cristina Kirchner una prestación mensual de privilegio que rondaría los $15 millones. Concretamente, la resolución judicial ordena cumplir la medida cautelar dictada en febrero por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini para que se le abone provisoriamente la pensión por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner, a pesar de la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado por la cual está en prisión.
Por la fecha de emisión de la notificación, el plazo se cumple el 8 de julio. Fuentes del Gobierno dijeron que se cumplirá con la orden judicial, a la vez que se mantiene un recurso de queja ante la Corte Suprema, en busca de que se revierta la resolución de los jueces previsionales.
La medida cautelar fue dictada en febrero último por los mencionados jueces, integrantes de la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de que la expresidenta apelara la decisión de la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal N° 1 del fuero previsional, que se había negado a darle curso a la pretensión de CFK.
Días atrás, y tal como informó LA NACION, la Anses -como parte demandada- le pidió a la justicia que fijara una “caución real” a prestar por la expresidenta de la Nación, como condición para volver a pagarle mensualmente la pensión de privilegio. Es decir, se solicitó disponer que CFK ponga algo en garantía para que, en caso de que una futura sentencia sea adversa a su pretensión de percibir sus prestaciones multimillonarias, el Estado pueda recuperar el dinero que le haya abonado a causa de darle cumplimiento a una medida cautelar.
Lo presentado por CFK, sin embargo, es una “caución juratoria”, que implica la toma formal del compromiso de devolver el dinero, pero que -a diferencia de una “caución real”- no tiene el respaldo de algún activo. La intimación fue cursada a la Anses el 24 de junio, días antes de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de dejar firme el monto de casi $685.000 millones de pesos para ejecutar el decomiso sobre los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner, el empresario Lázaro Báez y otros exfuncionarios en la causa en la que fueron condenados.
“Encontrándose cumplido el recaudo exigido para la efectivización de la medida cautelar oportunamente dispuesta, intímese a la demandada [por la Anses] para que, dentro del plazo de 10 días, dé cumplimiento a lo resuelto por la Sala III de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social”, señala el escrito firmado por la jueza Alonso Candis, quien aclara que los pagos a hacer no comprenden “sumas retroactivas ni intereses, por no haber sido ello materia de decisión de la medida cautelar otorgada”.
El “recaudo exigido” se consideró cumplido por una nota presentada con la firma de Cristina Kirchner, que indica que presta caución juratoria “a fin de responder a los eventuales daños y perjuicios que tal medida pudiere provocar”.
El pago ordenado por la medida cautelar es provisorio, ya que se dispuso efectuarlo mientras se resuelve de manera definitiva el juicio en curso, iniciado por CFK en rechazo de la normativa de la Anses que, en noviembre de 2024, dio de baja tanto esa pensión como la jubilación de privilegio, surgida de haber ejercido ella misma la presidencia de la Nación. Ambas asignaciones sumaron en aquel último mes en que se abonaron más de $35,2 millones en bruto y casi $22 millones en términos netos.
La medida cautelar pedida por CFK y otorgada por jueces de segunda instancia se refiere a la reposición provisoria de uno de los beneficios que, en aquel momento, fue de $12,5 millones, incluyendo un plus por zona austral, que Cristina Kirchner percibía dado el domicilio declarado ante la Anses y pese a que vivía en la ciudad de Buenos Aires. La baja de las prestaciones de privilegio se dispuso luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia por corrupción en la causa Vialidad. Luego, el fallo fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Tras la habilitación de la cautelar, la Anses y el Ministerio Público Fiscal habían hecho presentaciones para que se otorgara un recurso extraordinario y la causa pasara a la Corte Suprema. Los jueces camaristas rechazaron esa apelación a fines de abril pasado y, días después, el fiscal Juan Carlos Paulucci y la Anses presentaron (por separado) recursos de queja ante el tribunal superior.
Ante ese estado de cosas, esta semana el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen en el que manifestó su opinión favorable a que la Corte intervenga en el caso y rechace la medida cautelar. Según el escrito, al existir una condena penal contra CFK que implica la suspensión del cobro de beneficios previsionales, no corresponde hacer lugar a la percepción del ingreso, incluso cuando se trate de una disposición provisoria (no hay una consideración aún de la cuestión de fondo, que es si corresponde o no la baja definitiva de las prestaciones).
Mientras tanto, como condición para cumplir con la orden judicial, la Anses había pedido la constitución de una garantía o caución, alegando que el artículo 199 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación dispone que “la medida precautoria solo podrá decretarse bajo la responsabilidad de la parte que la solicitare, quien deberá dar caución por todas las costas y daños y perjuicios que pudiere ocasionar”. Se hizo también una referencia a un artículo de la ley 26.854, que indica que las medidas cautelares dictadas contra el Estado nacional o sus entidades descentralizadas “tendrán eficacia práctica una vez que el solicitante otorgue caución real o personal por las costas y daños y perjuicios que la medida pudiere ocasionar”.
En el escrito presentado por la abogada Yanina Luminoso, en nombre de la Anses, se menciona que “la asignación mensual vitalicia cuya rehabilitación se dispuso cautelarmente ascendería actualmente a 38 haberes mínimos”, lo cual equivale a unos $15,3 millones.
Tras conocerse la ratificación de la medida cautelar, LA NACION consultó a la Anses, a través de un pedido de acceso a la información pública, cuál es el monto actualizado de la prestación que debería rehabilitar por la orden judicial. La respuesta fue que, “al no tratarse de un beneficio activo, no se dispone de información sobre montos vigentes ni se puede realizar una proyección teórica de la suma que eventualmente podría corresponder”.
Paso a paso de la causa
En noviembre de 2024, una resolución firmada por el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dispuso dar de baja las dos asignaciones de privilegio que hasta ese mes estuvo cobrando CFK. Fue luego de que la exfuncionaria fuera condenada por ser considerada “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Después de iniciar una demanda para recuperar ambas asignaciones, la expresidenta pidió una cautelar para cobrar, mientras se espera la resolución de fondo de la causa, una de las dos prestaciones. Y, tal como se consignó, en febrero de este año los jueces camaristas accedieron a la solicitud, mencionando razones “alimentarias”.
Tras esa decisión, se presentó el recurso extraordinario para procurar que la causa llegara a la Corte. Eso fue negado por los camaristas Russo y Fantini, en tanto que la tercera integrante de la misma Sala, la jueza Nora Dorado, votó en favor de hacer lugar a la solicitud del Gobierno. Posteriormente, llegaron las presentaciones de los recursos de queja, por ahora no resueltos.
Ambos ingresos (la asignación vitalicia por expresidenta y la pensión por el también expresidente Néstor Kirchner) surgen de la ley 24.018 y son considerados de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes.
La expresidenta había comenzado por primera vez a percibir dos beneficios simultáneamente apenas terminada su presidencia. Todavía en tiempos de su gestión, se le había otorgado la jubilación como expresidenta, a la vez que cobraba la asignación como viuda de Néstor Kirchner. Durante el gobierno de Mauricio Macri se le dejó de pagar una de las prestaciones, y tal decisión se justificó en las incompatibilidades fijadas en la ley 24.018.
Sin embargo, en marzo de 2021 y en medio de un juicio en trámite, la entonces directora ejecutiva de la Anses y militante camporista, Fernanda Raverta, repuso el pago de la prestación suspendida.
El artículo 5 de la ley 24.018 indica que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Si bien no hay mención explícita a una asignación vitalicia prevista por la misma ley, la norma define como una “pensión” a la asignación por ser viuda de un exmandatario.
La cuestión del cobro del doble beneficio tiene su propia causa judicial, que sigue abierta luego de que la entonces diputada nacional Graciela Ocaña, presentara años atrás un recurso de queja ante la Corte Suprema (después de haber agotado otros recursos), para procurar que la cuestión no se archivara, tras la decisión del gobierno anterior (en el cual CFK fue vicepresidenta) de otorgarle administrativamente los dos beneficios a la vez.