IMSS revela cuál es el trámite de Ley 73 para que puedas cobrar más a partir de agosto 2026

IMSS revela cuál es el trámite de Ley 73 para que puedas cobrar más a partir de agosto 2026

El Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer el procedimiento administrativo que permite incrementar el monto mensual de las pensiones vigentes bajo el régimen anterior.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió una serie de lineamientos informativos dirigidos a los pensionados bajo el régimen de la Ley de 1973 que buscan optimizar los montos que reciben periódicamente.

La dependencia federal detalló la existencia de un mecanismo específico contemplado en la legislación que habilita a los beneficiarios a solicitar una actualización en sus percepciones económicas de manera formal ante las subdelegaciones correspondientes.

Este proceso requiere el cumplimiento de ciertos criterios específicos y la entrega de documentación validada, con el fin de que las modificaciones se apliquen de forma efectiva en los depósitos correspondientes al octavo mes del año en curso.

IMSS Ley 73: el trámite para cobrar más a partir de agosto 2026

Los jubilados del IMSS amparados por la Ley 73 tienen la opción de elevar el dinero que reciben mensualmente si realizan el registro o la actualización de sus asignaciones familiares. El proceso requiere presentarse directamente en la subdelegación del Seguro Social que les corresponda para comprobar de manera oficial quiénes son sus dependientes económicos.

Cabe destacar que este ajuste no se realiza en automático. El instituto solo autorizará el incremento una vez que los datos de los familiares estén validados e integrados debidamente al expediente del beneficiario.

IMSS Ley 73: quiénes pueden recibir este aumento a partir de agosto 2026

El beneficio está dirigido de forma exclusiva a las personas pensionadas bajo el régimen de la Ley 73 que demuestren formalmente ante el IMSS tener familiares a su cargo.

La normativa contempla que los allegados que habilitan este apoyo económico son:

  • Esposa o concubina.
  • Hijos que no hayan cumplido los 16 años.
  • Hijos de 16 a 25 años que sigan inscritos en alguna institución del Sistema Educativo Nacional.
  • Hijos que presenten alguna discapacidad o padecimiento crónico.
  • Los padres del pensionado, siempre y cuando dependan financieramente de él y no existan ni cónyuge ni hijos con derechos vigentes.

IMSS Ley 73: los porcentajes de aumento de las asignaciones familiares en 2026

La estructura de incrementos se calcula aplicando los siguientes porcentajes sobre el monto base de la pensión:

  • 15% por el registro de la esposa o concubina.
  • 10% por cada hijo que sea menor de 16 años.
  • 10% por cada hijo de entre 16 y 25 años que compruebe estudios vigentes en el país.
  • 10% por hijos con alguna condición crónica o discapacidad (sin restricción de edad mientras se mantenga dicho estado).
  • 10% por los padres del jubilado, si la dependencia económica es total y no hay otros beneficiarios directos (esposa e hijos).
  • 10% extra bajo el concepto de ayuda asistencial en los casos donde solo un progenitor dependa del titular.

Es importante recordar que estas cifras se pueden ir sumando, respetando siempre los topes máximos que determina el propio IMSS.

IMSS Ley 73: documentos obligatorios para el trámite

Con el fin de actualizar el padrón de asignaciones familiares, el personal del IMSS solicitará la siguiente documentación en original y copia:

  • Identificación oficial que se encuentre vigente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Actas oficiales que avalen el lazo familiar (como actas de matrimonio o de nacimiento).
  • Constancias que demuestren la dependencia económica, según sea el caso.
  • Datos de la resolución o el expediente general de la pensión.

Mediante este expediente, las autoridades del Seguro Social constatan la identidad del asegurado y el vínculo con sus allegados previo a la aprobación del pago adicional.