En un juicio abreviado pleno, el juez de Garantías Alfredo Aguirre homologó la condena a dos años de prisión en suspenso para el cabo primero Lizazoain.
En un procedimiento exprés que expone los mecanismos de control sobre las fuerzas de seguridad provinciales, la Justicia de Corrientes dictó una condena penal contra un efectivo de la fuerza local acusado de recaudación ilegal.
El juez de Garantías sustituto, doctor Alfredo Emanuel Aguirre, homologó un acuerdo de juicio abreviado pleno mediante el cual se declaró culpable a un miembro de la Policía de Corrientes por haberle exigido y cobrado una falsa multa por infracción de tránsito a un conductor que transitaba por el sur de la provincia.
La sentencia se dirimió en una audiencia convocada por la Oficina Judicial (OfiJu) y motorizada por el Ministerio Público Fiscal, representado en esta oportunidad por el fiscal subrogante Ricardo López Ruíz, titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) de Mocoretá.
El imputado, el cabo primero Lizazoain, aceptó su culpabilidad en el hecho tras el asesoramiento de sus abogados defensores particulares, los doctores Eduardo Ireneo Ayala Ortiz y Leandro Argento Brommer.
El modus operandi de la exacción en la Autovía Artigas
De acuerdo con la plataforma fáctica acreditada por la fiscalía, el ilícito se perpetró el pasado 12 de septiembre de 2025, alrededor de las 10:35 horas. En esa oportunidad, el suboficial se encontraba prestando funciones de fiscalización en el Puesto de Control Vial ubicado sobre el kilómetro 343.5 de la Autovía Gervasio Artigas (Ruta Nacional 14), en jurisdicción de la localidad de Mocoretá.
Lizazoain ordenó la detención de un automóvil Chevrolet que circulaba en sentido norte-sur, conducido por el ciudadano D. D. T. Abusando de su investidura y de la asimetría de poder propia del uniforme, el policía le notificó al automovilista la comisión de supuestas infracciones viales y, para evitar el presunto labrado de actas o la retención del rodado, le exigió un pago inmediato.
El efectivo le ordenó transferir una suma de 50.000 pesos directamente a su cuenta personal de la billetera virtual Mercado Pago, lo que constituyó la prueba digital irrefutable del cohecho.
La fiscalía encuadró la maniobra delictiva bajo la figura penal de exacciones ilegales, tipificada y reprimida en el artículo 266 del Código Penal de la Nación, la cual sanciona al funcionario público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar indebidamente una contribución o un derecho.
Pena de prisión en suspenso, multa e inhabilitación
Antes de convalidar la sentencia, el juez Aguirre cumplimentó los pasos de rigor procesal, cerciorándose de que el efectivo policial prestara su conformidad de manera libre, voluntaria y con pleno conocimiento del alcance del juicio abreviado, reconociendo tanto la materialidad del hecho como las pruebas de cargo acumuladas en su contra.
Finalmente, el magistrado resolvió condenar al cabo primero Lizazoain a la pena de dos años de prisión de ejecución en suspenso. Como accesorias legales directas a la condena penal, el fallo le impuso un año de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos o funciones de seguridad, y el pago de una multa de 100.000 pesos a favor del Estado.
Asimismo, durante el plazo de dos años de vigencia de la condena, el policía quedará sujeto al cumplimiento estricto de las reglas de conducta fijadas en el artículo 27 bis del Código Penal, bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena en caso de incurrir en nuevos delitos o violar las restricciones impuestas por la Oficina de Control.